Fracción-XXXI

Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie.

Artículo 95 ° Fracción XXXI Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa

Descripción:Los sujetos obligados que sean ejecutores de gasto podrán otorgar donativos siempre y cuando lo hagan en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, las reglas, requisitos y los modelos de contratos para formalizar el otorgamiento de donativos fijadas por la Secretaría de la Función Pública, así como, en su caso, por las disposiciones análogas de las Entidades Federativas. Las donaciones en especie deberán sujetarse a la Ley General de Bienes Nacionales y demás disposiciones aplicables..


FracciónAñoPeriodoDocumento
Art95. Fracción XXXI(a)20182do Trimestre
Art95. Fracción XXXI(a)20181er Trimestre
Art95. Fracción XXXI(a)20174to Trimestre
Art95. Fracción XXXI(a)20173er Trimestre
Art95. Fracción XXXI(a)20172do Trimestre 2017
Art95. Fracción XXXI(a)2015 - 20172015 al 1er Trimestre 2017
FracciónAñoPeriodoDocumento
Art95. Fracción XXXI(b)20182do Trimestre
Art95. Fracción XXXI(b)20181er Trimestre
Art95. Fracción XXXI(b)20174to Trimestre
Art95. Fracción XXXI(b)20173er Trimestre
Art95. Fracción XXXI(b)20172do Trimestre 2017
Art95. Fracción XXXI(b)2015 - 20172015 al 1er Trimestre 2017
Scroll al inicio